¡ ATENCIÓN ! EL FUNCIONARIO POLICIAL QUE SIN ORDEN JUDICIAL PREVIA REVISE UN TELÉFONO CELULAR A UN CIUDADANO ¡ ESTÁ COMETIENDO UN DELITO !
¡ ATENCIÓN ! EL FUNCIONARIO POLICIAL QUE SIN ORDEN JUDICIAL PREVIA REVISE UN TELÉFONO CELULAR A UN CIUDADANO ¡ ESTÁ COMETIENDO UN DELITO ! sancionado CON PENA DE 3 A 5 AÑOS DE PRISIÓN, los Artículos 2 y 6 de la Ley Sobre la Privacidad de las Comunicaciones !!!No permitas que ningún funcionario POLICIAL O GUARDIA NACIONAL, "Revise su teléfono celular, *para poder hacerlo tiene que tener la orden de un Tribunal* ".
Nuestra Constitución Nacional Bolivariana lo prevé en : El Artículo 48 de la CN : Se garantiza el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas, no podrán ser interferidas sino por orden de un tribunal competente, con el cumplimiento de las disposiciones legales y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.
Hagamos Respetar los Derechos Constitucionales y las Leyes, "SEPAMOS Y DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS".