Cuales son los requisitos y documentos para jubilación por prima geográfica

La prima geográfica reconoce 3 meses adicionales por año de servicio además de tener está una incidencia en las utilidades y prestaciones sociales.

1. COPIA DE LA CEDULA  
2. PRIMER Y ULTIMO RECIBO DE PAGO (QUE INDIQUE QUE COBRA PRIMA GEOGRAFICA) 
3. CONSTANCIA DEL PLANTEL, QUE INDIQUE DESDE Y HASTA CUANDO LABORA EN ESA INSTITUCIÓN
  • El tiempo de servicio sale reflejado en su recibo de pago.
Los documentos deben ser consignados en Zona Educativa del estado donde usted trabaja o trabajó. 

PRIMA GEOGRÁFICA: el Ministerio del Poder Popular para la Educación se obliga, a partir de la firma de la presente Convención Colectiva, en pagar mensualmente una prima porcentual, equivalente a cincuenta y cinco por ciento (55%) del salario integral según la categoría, a todos los trabajadores y las trabajadoras activos docentes, administrativos y obreros, que ejerzan funciones en planteles, zonas educativas, municipios escolares y distritos escolares, que, por su situación geográfica, comprenden Zonas Rurales, Fronterizas, Indígena, Insular y Penitenciarias. Así mismo en localidades en condiciones geográficas, económicas, sanitarias y de otra índole que haga difícil, penoso o riesgoso el acceso, según los indicadores del lugar, el desempeño de sus funciones profesionales. Esta asignación será automática y con base a las disposiciones que sobre el particular expidan los organismos competentes como el Consejo Nacional de Fronteras, la Oficina Nacional de Estadística e Informática y demás organismos nacionales competentes.




Las Organizaciones Sindicales signatarias quedan facultadas para realizar la contraloría efectiva y las gestiones legales y sindicales que garanticen el fiel cumplimiento de esta cláusula. Queda entendido que si el trabajador permanece más de cinco (5) años ininterrumpidos devengando esta prima conservará la prima como parte de su salario.

PARÁGRAFO UNICO. Las partes acuerdan que el contenido de esta cláusula será revisado y ajustado en periodos trimestral a partir de la firma de la presenta convención colectiva de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 435 de la ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores y el artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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1 Comments
  • Unknown
    Unknown 28 de febrero de 2021, 0:40

    Buen dia reciban un cordial de amistad por favor para saber con cuantos años de servicio se jubila el docente gracias

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