INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A TRASLADO, REPOSOS Y LAS INASISTENCIAS
INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A TRASLADO, REPOSOS Y LAS INASISTENCIAS
Cambio Mutuo.
En los mismos queda prohibido escribir
“Codo el Recurso Físico y presupuestario
Porque los (as) trabajadores (as) no son una propiedad.
Los(as) Directores(as) deben firmar
* La Zona Educativa notificará a él (la) trabajador(a) si
fue beneficiado(a) con la Solicitud mientras debe cumplir sus funciones en la
Institución en la cual labora.
* Instrucciones:
Los Cargos pertenecen al Ministerio del Poder Popular para la Educación, por
razón, ningún Servidor Público debe abogarse el derecho de decidir sobre la
Estructura de Cargos de las Instituciones.
En lo que respecta
a los Reposos
* Toctos(as) las(as) Trabajadores(as) deben convalidar los
reposos en el Seguro Social o IPASME como entes autorizados.
* No es legal reposo o Permisos e incapacidad emitidas
por IPSASEL.
* Las incapacidades se hacen efectivas cuando el Seguro
Social lo indica a través de Resolución que refrenda el Ministerio del Poder
Popular Para la Educación, donde se egresa al funcionario de nómina activa del
mismo.
* Quien cobre sueldo sin asistir al Centro de Trabajo, con
el argumento de estar Prejubilado o había Solicitado la Jubilación; sin tener la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL ocasionará La debitación de prestaciones sociales del
Pago Indebido.
LAS
INASISTENCIAS:
* La inasistencia Injustificadas de tres (03) días
consecutivos, es considerado abandono, de cargo.
Buen dia, mi saludo para cada uno de ustedes. Me dirijo respetuosamente a ustedes para que me informen acerca de un traslado del estado Sucre para Maturin. Tengo una casa en la ciudad de Maturin y necesito ver que posibilidad hay de un cambio para dicha ciudad. Sin mas nada que agregar. Esperando su respuesta. Maria G Millan L